Cuota de autónomos 2026: la tabla oficial de los 15 tramos

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Soy autónomo. En marzo de 2026 se publicaron las nuevas bases de cotización y quise saber cuánto iba a pagar este año.

Encontré tres respuestas distintas. Un artículo decía que la cuota iba de 200 a 590 euros. Otro, de 200 a 500. Un tercero, de 217 a 796.

No podían ser las tres correctas. Ninguna lo era.

Acabé leyendo el artículo 18 de la Orden PJC/297/2026 en el BOE, que es donde están los números de verdad. Y los números de verdad son estos: la cuota mínima de 2026 son 205,88 euros al mes, y la del tramo más alto, cotizando por su base mínima, 607,35 euros.

Este artículo es lo que me habría gustado encontrar aquel día.

Qué cambia respecto a 2025

Si ya eras autónomo el año pasado, lo que te interesa es la diferencia. Y hay dos cosas.

El tipo de cotización sube una décima. Tu cuota no es un importe que alguien decida: es tu base de cotización multiplicada por un porcentaje. Ese porcentaje se compone de cinco conceptos, y uno de ellos —el MEI, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional que sostiene el sistema de pensiones— sube una décima cada año.

En 2026 el reparto queda así:

  • Contingencias comunes: 28,30 %
  • Contingencias profesionales: 1,30 %
  • MEI: 0,90 %
  • Cese de actividad: 0,90 %
  • Formación profesional: 0,10 %

Total: 31,50 %. En 2025 era el 31,40 %.

Y las bases mínimas se mueven. No todas, y no en la misma proporción. Los tramos bajos apenas cambian; los altos suben más. Es una decisión deliberada: el sistema empuja a que quien más gana cotice más.

La tabla completa de los 15 tramos

El sistema tiene dos tablas. Una reducida, para rendimientos netos por debajo de 1.166,70 euros al mes, y una general a partir de ahí.

La columna que importa es la última: lo que pagarías cotizando por la base mínima de tu tramo, que es lo que hace la gran mayoría.

TramoRendimiento neto mensualBase mínimaCuota al mes
R1Hasta 670 €653,59 €205,88 €
R2670 – 900 €718,95 €226,47 €
R3900 – 1.166,70 €849,67 €267,65 €
G11.166,70 – 1.300 €950,98 €299,56 €
G21.300 – 1.500 €960,78 €302,65 €
G31.500 – 1.700 €960,78 €302,65 €
G41.700 – 1.850 €1.143,79 €360,29 €
G51.850 – 2.030 €1.209,15 €380,88 €
G62.030 – 2.330 €1.274,51 €401,47 €
G72.330 – 2.760 €1.356,21 €427,21 €
G82.760 – 3.190 €1.437,91 €452,94 €
G93.190 – 3.620 €1.519,61 €478,68 €
G103.620 – 4.050 €1.601,31 €504,41 €
G114.050 – 6.000 €1.732,03 €545,59 €
G12Más de 6.000 €1.928,10 €607,35 €

Tres cosas que se ven leyendo la tabla despacio:

Los tramos G2 y G3 comparten base mínima. Los dos cotizan por 960,78 euros, así que pagas exactamente lo mismo ganando 1.400 que ganando 1.650 al mes. Es el único punto de la tabla donde subir de tramo no te cuesta ni un euro.

El salto más caro está entre G3 y G4. Pasar de 1.700 a 1.701 euros de rendimiento neto te sube la cuota de 302,65 a 360,29. Son casi 58 euros más al mes, 693 al año, por un euro de diferencia. Es el escalón más brusco de toda la tabla.

Y a partir de 6.000 euros, la cuota deja de subir. El tramo G12 no tiene techo: ganes 6.100 o 20.000 al mes, tu base mínima es la misma. La cotización de los autónomos es progresiva solo hasta cierto punto.

El error que hace que casi todos se equivoquen de tramo

Aquí está el problema de fondo, y es la razón por la que mucha gente cree estar en un tramo y está en otro.

El rendimiento neto no es lo que facturas. Ni siquiera es lo que facturas menos los gastos. Hay un tercer paso que casi nadie aplica.

El cálculo correcto tiene cuatro pasos:

  1. Suma tus ingresos anuales, sin IVA.
  2. Resta tus gastos deducibles, incluida la propia cuota de autónomos que has pagado.
  3. Resta un 7 % adicional en concepto de deducción por gastos genéricos, si eres autónomo persona física. Si eres autónomo societario, ese porcentaje es el 3 %.
  4. Divide entre 12.

Ese resultado es el que decide tu tramo.

Un ejemplo. Facturas 45.000 euros al año y tienes 6.000 de gastos. Quedan 39.000. Le restas el 7 %, que son 2.730, y quedan 36.270. Divides entre 12 y sale 3.022,50 euros al mes.

Eso te coloca en el tramo G8, con una cuota de 452,94 euros.

Si hubieras hecho el cálculo saltándote el 7 %, te habrían salido 3.250 euros mensuales y habrías apuntado al tramo G9. Un tramo de más, 26 euros al mes de más, más de 300 al año pagados de sobra.

Los 80 euros de la tarifa plana no son 80 euros

Esto lo sé porque lo pagué yo.

Cuando te das de alta como autónomo por primera vez tienes derecho a la tarifa plana: una cuota reducida durante los doce primeros meses, prorrogable otros doce si tus rendimientos siguen por debajo del salario mínimo. Todo el mundo la conoce como «los 80 euros».

Pero el recibo no pone 80 euros. Pone unos 86.

La razón es que el MEI no forma parte de la cuota reducida: se calcula aparte, sobre la base mínima, y se suma por encima. Ese 0,90 % sobre 653,59 euros son 5,88 euros más al mes.

No es una cantidad que arruine a nadie. Pero cuando llevas meses leyendo «80 euros» en todas partes y te llega el primer recibo, te quedas mirándolo pensando que algo has hecho mal. No has hecho nada mal: es que casi nadie lo explica.

Cotizar por la mínima o por más: la decisión que nadie te plantea

Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima. La inmensa mayoría elige la mínima, y muchas veces es lo razonable. Pero conviene saber qué estás decidiendo.

Lo que compras cotizando más: la baja por enfermedad, la prestación por cese de actividad, la incapacidad y, sobre todo, la jubilación se calculan sobre lo que hayas cotizado. Una base baja durante veinte años es una pensión baja durante los que vengan después.

Lo que cuesta: cada euro de base son 31,5 céntimos de cuota al mes. Subir la base 200 euros son 63 euros más al mes, 756 al año.

Y el matiz que decide: la jubilación se calcula sobre los últimos años cotizados, no sobre toda la vida laboral. Por eso mucha gente cotiza por la mínima mientras es joven y sube la base a partir de los cincuenta, cuando además suele tener más margen.

No hay respuesta única. Pero es una decisión, no un trámite, y merece cinco minutos de pensarlo una vez al año.

Qué pasa si te equivocas: la regularización

Esta es la parte que más miedo da y que menos debería.

Tú estimas tu rendimiento neto al principio del ejercicio y cotizas según esa estimación. Cuando termina el año y presentas la declaración, Hacienda comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales, y el sistema compara lo que cotizaste con lo que te correspondía.

Si cotizaste de menos, te reclaman la diferencia. Si cotizaste de más, te la devuelven sin que tengas que pedir nada.

Es decir: no vas a pagar ni más ni menos de lo que te toca. Nadie te va a multar por haber estimado mal.

El problema no es legal, es de tesorería. Si has estimado muy por debajo, la reclamación llega de golpe y puede ser de varios cientos de euros en un solo pago, meses después de haberte gastado ese dinero. Por eso conviene estimar con cabeza: no para evitar una sanción que no existe, sino para no llevarte el susto.

Cómo cambiar de tramo

Puedes cambiar tu base de cotización seis veces al año. Se solicita desde el portal Import@ss de la Seguridad Social y los cambios tienen efecto en fechas fijas: 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero.

La solicitud hay que presentarla antes del último día del mes anterior a cada una de esas fechas.

Seis oportunidades es más margen del que parece. Si a mitad de año ves que tu facturación va bastante por encima o por debajo de lo previsto, ajustar el tramo reparte la diferencia en los meses que quedan en lugar de acumularla para la regularización.

Resumiendo

  • La cuota de 2026 va de 205,88 a 607,35 euros al mes cotizando por bases mínimas.
  • El tipo aplicado es el 31,50 %, una décima más que en 2025 por la subida del MEI.
  • Tu tramo lo decide el rendimiento neto, que es ingresos menos gastos menos un 7 % adicional, dividido entre doce.
  • La tarifa plana son 80 euros más el MEI: en la práctica, unos 86.
  • Equivocarse de tramo no se sanciona, se regulariza. Pero conviene afinar para no comerte un pago inesperado.
  • Puedes cambiar de base seis veces al año.

Si quieres tu número exacto sin hacer las cuentas a mano, tengo una calculadora que aplica todo esto y te enseña el desglose completo: calcula tu cuota y tu neto real de 2026.


Fuente: Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, artículo 18. Texto completo en el BOE.

Este artículo tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento fiscal ni laboral. Si detectas un dato desactualizado o incorrecto, escríbeme a info@netoreal.es y lo corrijo.

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